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Pontificia Universidad Javeriana

Maestría en Derecho Constitucional · 2023

Justicia constitucional, propiedad y género: el manejo de restos fetales como atribución de los hospitales en el contexto de la investigación científica

Contreras Fonseca, Sara DanielaAsesor: Luna Blanco, Tania Maria Camila

Solo ficha. El repositorio marca este trabajo como «De acuerdo con la naturaleza del uso concedido, la presente licencia parcial se otorga a título gratuito por el máximo tiempo legal colombiano, con el propósito de que en dicho lapso mi (nuestra) obra sea explotada en las condiciones aquí estipuladas y para los fines indicados, respetando siempre la titularidad de los derechos patrimoniales y morales correspondientes, de acuerdo con los usos honrados, de manera proporcional y justificada a la finalidad perseguida, sin ánimo de lucro ni de comercialización. De manera complementaria, garantizo (garantizamos) en mi (nuestra) calidad de estudiante (s) y por ende autor (es) exclusivo (s), que la Tesis o Trabajo de Grado en cuestión, es producto de mi (nuestra) plena autoría, de mi (nuestro) esfuerzo personal intelectual, como consecuencia de mi (nuestra) creación original particular y, por tanto, soy (somos) el (los) único (s) titular (es) de la misma. Además, aseguro (aseguramos) que no contiene citas, ni transcripciones de otras obras protegidas, por fuera de los límites autorizados por la ley, según los usos honrados, y en proporción a los fines previstos; ni tampoco contempla declaraciones difamatorias contra terceros; respetando el derecho a la imagen, intimidad, buen nombre y demás derechos constitucionales. Adicionalmente, manifiesto (manifestamos) que no se incluyeron expresiones contrarias al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia, la responsabilidad directa en la elaboración, presentación, investigación y, en general, contenidos de la Tesis o Trabajo de Grado es de mí (nuestro) competencia exclusiva, eximiendo de toda responsabilidad a la Pontifica Universidad Javeriana por tales aspectos. Sin perjuicio de los usos y atribuciones otorgadas en virtud de este documento, continuaré (continuaremos) conservando los correspondientes derechos patrimoniales sin modificación o restricción alguna, puesto que, de acuerdo con la legislación colombiana aplicable, el presente es un acuerdo jurídico que en ningún caso conlleva la enajenación de los derechos patrimoniales derivados del régimen del Derecho de Autor. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993, "Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores", los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables. En consecuencia, la Pontificia Universidad Javeriana está en la obligación de RESPETARLOS Y HACERLOS RESPETAR, para lo cual tomará las medidas correspondientes para garantizar su observancia.»: el PDF no es público, así que aquí no hay texto para leer. Ver la ficha en el repositorio.

Resumen

Desde la aprobación de la Constitución de 1991, la justicia constitucional colombiana ha realizado importantes avances en la protección de los derechos de las mujeres, al incluir, entre otros, el género como categoría de análisis. Sin embargo, persisten escenarios constitucionales en los que se desconocen derechos fundamentales que afectan a determinados sectores dentro del mencionado grupo poblacional, dada la prevalencia de cierto tipo de feminismos que abogan por la protección de algunas visiones y percepciones de las mujeres. Por tanto, el presente trabajo tiene por objeto abordar uno de estos escenarios constitucionales problemáticos, más específicamente el que surge con la decisión adoptada por la Corte Constitucional en la Sentencia C-294 de 2019, en la cual, al estudiar la inexequibilidad de la expresión “ órganos o tejidos de niños no nacidos abortados no pueden ser donados ni utilizados”, contenido en el numeral 2 del artículo 2 de la Ley 1805 de 2016, tuvo en cuenta únicamente el derecho a la salud pública, la investigación científica y el principio de no regresividad, desconociendo que la concesión la propiedad estatal de dichos restos fetales podría afectar el derecho a la libertad de culto de quienes sean madres de mujeres que pierdan a sus hijos en el embarazo y soliciten la entrega de los respectivos restos para la realización de los respectivos ritos funerarios. Escenario constitucional que se agrava considerando que, según la legislación colombiana, no se consideran mortinatos ni restos humanos los productos de embarazos no llevados a término, menores de 21 semanas de gestación o cuyo peso sea inferior a 500 gramos, otorgándole entonces la clasificación de residuo anatomopatológico y, por tanto, un tratamiento diferente al preconizado por sus madres. A su vez, se busca denotar la importancia de adoptar una visión feminista interseccional para evitar este tipo de retrocesos en la justicia constitucional.

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