General · 2025
Por medio de la cual se convoca a elecciones para representantes de estudiantes en los Comités de Educación Superior Inclusiva y de Género y Diversidades Sexuales
Que de conformidad con el Artículo 5º de la Política de Educación Superior Inclusiva, los Comités deberán ser conformados por: en el caso del Comité de Educación Superior Inclusiva, un (01) estudiante representante de los grupos priorizados en educación inclusiva, y en el caso del Comité de Género y Diversidades sexuales, un (01) estudiante representante de grupos priorizados (mujeres y personas LGTBIQ+), elegidos mediante el sistema de inscripción y votación de planchas para un período de dos años.