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Universidad Nacional de Colombia

Bogotá - Derecho, Ciencias Humanas y Sociales - Maestría en Derecho · 2026

El deber del Estado de investigar y sancionar en los procesos transicionales confrontado con el derecho a la justicia de las víctimas. El caso colombiano

Ascuntar Viteri, María CamilaAsesor: Escalante Barreto, Estanislao

El Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera suscrito en 2016 entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia creó el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, cuyo componente judicial, la Jurisdicción Especial para la Paz, constituye un modelo excepcional de investigación y sanción, orientado por criterios de priorización y selectividad, cuya compatibilidad con el deber del Estado de investigar y sancionar ocupa un lugar central de debate. En ese sentido, el objetivo de esta investigación es determinar, en qué medida su implementación entre 2018 y el 31 de diciembre de 2024 ha cumplido el deber del Estado de investigar y sancionar en contextos transicionales. Esto, se desarrolla mediante un análisis jurídico con componente de medición cuantitativa que combina el estudio normativo constitucional e internacional, análisis de jurisprudencia de la Corte Constitucional y una revisión del cumplimiento de obligaciones estatales de la Jurisdicción Especial para la Paz. El primer capítulo examina las aproximaciones conceptuales sobre justicia transicional, derecho a la justicia y obligaciones estatales; el segundo, analiza el contexto colombiano y la evaluación cuantitativa del cumplimiento del deber de investigar y sancionar; y, el trabajo cierra con una sección de conclusiones y recomendaciones. Los resultados muestran que la Jurisdicción Especial para la Paz ha activado investigación sustantiva y ha iniciado la determinación individual de responsabilidad respecto de máximos responsables; sin embargo, al corte analizado no se ha proferido ninguna sentencia ejecutoriada que materialice la fase sancionatoria. En consecuencia, aunque el diseño normativo del modelo fue validado como constitucional y convencionalmente admisible, su compatibilidad definitiva depende de la culminación efectiva del ciclo investigativo y sancionatorio. (Texto tomado de la fuente)

Texto completo 138 páginas con texto de 139

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